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leader 2007 - 2013
tramitaciÓN de solicitudes y procedimientos de gestiÓn
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Las ayudas del Programa Leader se basan en la puesta en marcha de proyectos de inversión que se encuadren en alguna de las medidas anteriores. Los promotores de estos proyectos pueden ser empresarios, nuevos emprendedores, asociaciones, ayuntamientos.etc. que desarrollan su actividad en la Comarca del Maestrazgo.

Los proyectos pueden tener carácter productivo o no productivo, existiendo diferentes criterios de valoración para cada tipo. Los proyectos no productivos son aquellos que consisten en actividades o actuaciones que no buscan beneficio económico por parte del promotor que las pone en marcha, sino que su valor añadido es de diferente índole (formación, actividades culturales y/o sociales, jornadas.).

  1. El promotor realiza la solicitud de la ayuda y aporta la documentación requerida: CIF o DNI del solicitante, memoria descriptiva del proyecto, presupuesto desglosado.

  2. El Gerente u otro miembro del Grupo de Acción Local firma acta de no inicio de la inversión.

  3. El equipo técnico realiza un informe de elegibilidad del proyecto que debe ser respaldado con el visto bueno del Gobierno de Aragón, atendiendo a la elegibilidad del proyecto según el Manual de Procedimientos Leader.

  4. Con el informe favorable de DGA, pasa a ser analizado por la Junta Directiva del Grupo de Acción Local. Se considera si el proyecto se enmarca dentro del Programa de Desarrollo Rural del territorio. Si el proyecto se aprueba, se aplican los criterios de valoración y se obtiene el porcentaje de ayuda correspondiente.

  5. Una vez aprobado, se envía resolución escrita al promotor y se formaliza un contrato de ayuda de realización del proyecto, por el cual se compromete a realizar la totalidad de la inversión en un periodo de 18 meses y a mantener el destino y finalidad de la ayuda concedida durante cinco años.

  6. El promotor debe presentar las justificaciones correspondientes (facturas y justificantes bancarios de pago) de las inversiones y gastos realizados. Esta documentación es revisada por el Responsable Administrativo y Financiero del Grupo que firma la certificación oficial.

  7. Seguidamente se realiza visita de comprobación e inspección en el lugar del proyecto, donde un arquitecto técnico verifica con un informe la correspondencia entre los documentos presentados y lo hallado in situ.

  8. La Junta Directiva, con todos los informes favorables, aprueba la realización de pago de la subvención y la necesidad o no de exigir aval bancario al promotor para garantizar el buen destino y finalidad de la subvención pagada, en cuanto a mantenimiento de la actividad y empleo se refiere.

  9. Asimismo, el promotor beneficiario de la subvención se compromete a facilitar durante los cinco años siguientes al pago de la ayuda, toda aquella documentación que el Grupo le pudiera requerir, así como las visitas pertinentes de otros organismos participantes en el Programa (Diputación General de Aragón, Comisión Europea.)

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